La Corte Suprema de Justicia, a través de su Sala Especial de Primera Instancia, profirió sentencia condenatoria contra el general en retiro Jorge Arturo Salgado Restrepo, excomandante de la Séptima División del Ejército con sede en Medellín, por delitos relacionados con corrupción en procesos de contratación.

De acuerdo con la decisión judicial, la Sala aprobó el preacuerdo celebrado entre el oficial en retiro y la Fiscalía General de la Nación, mediante el cual Salgado Restrepo aceptó su responsabilidad en 14 delitos de interés indebido en la celebración de contratos y 2 de peculado por apropiación, este último agravado por la cuantía y atenuado por el reintegro de los recursos.

Irregularidades en contratos del Ejército

Según los hechos probados, el entonces comandante intervino de manera irregular en diversos procesos contractuales adelantados en la Cuarta Brigada del Batallón de Servicios N.° 4 Yariguíes, adscrito a la Séptima División del Ejército Nacional. Estas actuaciones favorecieron a las empresas Distrilogística S.A.S. e Ingecodi S.A.S., mediante el direccionamiento de los procesos, el suministro anticipado de información y la adecuación de requisitos técnicos y de experiencia para asegurar su adjudicación.

Como contraprestación, los contratistas financiaron gastos personales del general y de su núcleo familiar, entre ellos tiquetes aéreos, consumos en restaurantes y clubes sociales, patrocinio de eventos culturales, alquiler de inmuebles, pago de servicios públicos y combustible para vehículos. Estos desembolsos ascendieron a $151.397.660.

Adicionalmente, Salgado Restrepo ordenó compras de tiquetes aéreos a la empresa Subatours S.A.S. para el personal militar, de donde obtuvo 36 tiquetes privados para él y su familia, por un valor de $18.621.469.

Reintegro de recursos y condena

Antes de la audiencia de imputación, el general en retiro devolvió la totalidad de los recursos apropiados, por $170.019.129, lo cual fue tenido en cuenta en el preacuerdo.

Como resultado, la Corte le impuso una pena de 39 meses y 15 días de prisión, además de inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por 49 meses y 3 días, y una multa equivalente a 466,62 salarios mínimos legales mensuales vigentes, más $42.504.782.

No obstante, debido a que el sentenciado ya había estado privado de la libertad durante el proceso y obtuvo redención de pena por trabajo, la Sala declaró cumplida la pena privativa de la libertad, manteniendo vigentes las demás sanciones.