Por  JUAN C. FUENTES RUEDA Abogado de la Universidad Católica de Colombia, miembro del equipo de abogados de la firma MUVA LEGAL, catedrático en diferentes universidades, asesor y litigante, con experiencia en derecho de penal y laboral

 

El 1° de mayo de 1886, fue el día en que inició la huelga obrera que abrumó y paralizó a todo Chicago, las calles de esta ciudad se convirtieron en ríos de gente y masivas protestas

que solicitaban la reducción de la jornada laboral que era de 10, 12 y hasta 16 horas, lo cual desencadenó la muerte de obreros y policías, sin embargo, la condena a muerte de cinco trabajadores pasó a la historia como un hecho atroz, 4 de ellos fueron ahorcados el 1º de noviembre de 1887, mientras que el quinto se suicidó en su celda, aunque, se ha llegado a afirmar que fue un homicidio.

Por estos acontecimientos, el 1° de mayo recordamos y conmemoramos la lucha de aquellos que exigieron sus derechos, de quienes dieron sin saber hasta su último aliento, a excepción de Los Estados Unidos de América y Canadá, que a causa de sus políticas e historia interna, eligieron su “Labor day” en otras fechas.

Así pues, gracias a estas luchas, por medio de las convenciones internacionales, las constituciones y las leyes se han desarrollado mejores condiciones laborales. Es por esto que, hoy en Colombia, la jornada laboral es de 8 horas diarias y 48 horas semanales, de las cuáles conforme a la Ley 2101 del 2021, para el año 2026, tendremos una reducción a 42 horas semanales. No obstante, a partir del 15 de julio del 2023, la jornada máxima semanal pasará de 48 a 47 horas de manera obligatoria, por lo tanto, todos los empleadores en el país deben dar cumplimiento a dicha normatividad.

Sin embargo, aún tenemos problemas en todo el mundo que implican una intervención inmediata y de protección de los derechos laborales, toda vez que, en muchos países el atropello contra la libertad de asociación y de las garantías mínimas de los trabajadores es constante.

Por ello, quiero resaltar el reporte de la Confederación Sindical Internacional – CSI, en su novena versión del Índice Global de Derechos del 2022 y señalar sobre algunas de sus conclusiones, lo siguiente:

 

  • De los 148 países que clasifica dicha Confederación, el número de estos territorios que excluyen a los trabajadores y trabajadoras de su derecho a establecer o afiliarse a un sindicato para el año 2022, es de 113.

 

  • En Bangladesh – uno de los países más importantes para el sector de la confección textil, al ser una industria que emplea a más de 4,5 millones de personas en este territorio – cualquier intento de formar sindicatos es impedido, se han presentado un gran número de despidos colectivos, procesos penales contra trabajadores y ha sido evidente las denuncias sobre las pésimas condiciones de trabajo y de explotación en fábricas textiles y así como de trabajo infantil.

Vale resaltar que, empresas como H&M, INDITEX (Bershka, Zara, entre otras marcas), PRIMARK, son grandes corporaciones de moda con gran presencia en Bangladesh y operan contratando fábricas proveedoras de textiles. Aunado a otras, entre las que se destacan Adidas, Nike y GAP, que han disminuido su presencia en este país.

Por lo tanto, vemos que aún en este siglo, en esta década y en este año, el hambre y necesidad de unos pocos, nos viste y nos entretiene, puesto que, no solo ocurre con estás multinacionales, los mismo pasa con los equipos electrónicos o los materiales del celular que utilizamos, por lo que cabe preguntarnos ¿de qué manos provienen? Hace unos años, en Malasia, – siendo uno de los países de mayor producción tecnológica – hubo graves denuncias por explotación laboral en contra de empresas como SAMSUNG, PANASONIC, HP, MOTOROLA, INTEL, entre otras más, quienes contrataron empresas de este país para fabricar sus equipos, territorio donde también se impedía el derecho de asociarse.

Ahora bien, actualmente, gran parte de esta producción textil y tecnológica, se está fabricando en China, país que brinda mano de obra barata, pero al ser un régimen se sabe poco, por lo tanto, lo que sí puedo señalar es que de acuerdo con el reporte de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), China solo ha ratificado 28 convenios sobre el trabajo y solo 20 están en vigor. Por otro lado, países como Estados Unidos, que cuenta con grandes empresas internacionales que funcionan alrededor del mundo solo ha ratificado 14 y tiene 10 en vigor. Mientras que Colombia, ha ratificado 61 convenios. Estadísticas que considero nos hacen cuestionar el porqué las grandes potencias mundiales ratifican a su antojo, ¿será que solo quieren aplicar sus propias reglas?

Retomando lo señalado por la Confederación Sindical Internacional, es preocupante manifestar que dicha Corporación, indicó que Colombia hace parte de los 10 peores lugares en el mundo para los trabajadores, según el Índice Global de Derechos, es uno de los 13 países donde se han asesinado a trabajadores y líderes sindicales y resalta los asesinatos de Clemito Rengifo Salazar, afiliado a SIMANA, en Nariño y de Felipe Andrés Pérez Pérez afiliado a SINALTRAINAL, seccional Envigado. Aspecto por el cuál considero que, Colombia se encuentra dentro de esta vergonzosa y decepcionante puntuación.

Así mismo, menciona que aquí en Colombia ha sido denunciada la empresa Fresenius Medical Care, multinacional de origen europeo que desde hace varios años ha comprado clínicas y hospitales y según la CSI viola los derechos de trabajadoras y trabajadores.

En consecuencia, conforme a dicho informe, presuntamente los trabajadores del área de la salud en Colombia serían uno de los sectores más afectados en cuanto a vulneración de derechos laborales.

A los anteriores datos sobre nuestro país, hay que agregar muchos otros aspectos, pero principalmente el del empleo informal, cuya proporción asciende, de acuerdo al Boletín técnico del DANE del trimestre móvil diciembre de 2022 – febrero de 2023, al 58,0%, siendo el sector de las microempresas, es decir, las empresas que no superan más de diez trabajadores, las que más contratan sin estar sujetas a la legislación laboral nacional, a la protección social y de prestaciones relacionadas con el empleo conforme a nuestro ordenamiento jurídico. Aunado a ello, poco sabemos del empleo en el sector rural, frente a lo cual me atrevo a decir que nos llevaremos grandes decepciones.

Finalmente, conforme a todo lo expuesto, aunque quedaron faltando otros puntos a los cuáles me referiré en otra oportunidad; hoy, Día Internacional del Trabajo, debemos recordar que aún hay grandes problemáticas por resolver, que es necesario reivindicar las voces de las conquistas obreras que lucharon por los logros y el derecho laboral que hoy tenemos y no olvidar que el mundo debe ser la casa de todos y no la de unos pocos.

 

 

 

 

 

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