La polémica grabación en la que el abogado Diego Cadena, al parecer en nombre de Álvaro Uribe, presionó al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve para que se retractara de sus declaraciones en contra del expresidente y de su hermano Santiago Uribe, sí será tenida en cuenta en la decisión de este lunes que lo declarará culpable o inocente.
Así lo decidió este lunes la jueza Sandra Liliana Ortiz, antes de entrar a explicar los detalles de la decisión, que según dijo, tendrá más de 1.000 hojas. Y nace, nuevamente, de una solicitud del abogado de Uribe, Jaime Granados, quien pidió excluirlas durante los alegatos de conclusión.
En ese contexto, la juez concluyó que no existen pruebas que permitan determinar que el reloj fuera inservible y que con él no se pudiera hacer algún análisis. La juez agregó que la defensa no pudo probar que el contenido de la grabación fuera adulterado o cómo fue adulterado. Por el contrario, la reunión sí se hizo.
Minutos antes, la juez decidió que las interceptaciones telefónicas que se hicieron en contra del expresidente Álvaro Uribe en las cuales dialoga con su entonces abogado, Diego Cadena, son legales, por lo que también serán tenidas en cuenta en la decisión de este lunes.
Los argumentos de Granados siempre se han basado en que las interceptaciones fueron realizadas de manera ilegal y violaron el principio constitucional del derecho al secreto profesional entre abogado y cliente. Y fueron realizadas en 2018 a un teléfono erróneamente atribuido al representante a la Cámara, Nilton Córdoba Manyoma, en el marco de una investigación relacionada con el escándalo del Cartel de la Toga.
Pero en realidad correspondían al expresidente Uribe y su abogado Diego Cadena, y fueron posteriormente utilizadas en la medida de aseguramiento ordenada en 2020 por la Corte Suprema de Justicia y en la acusación presentada contra Uribe en mayo de 2024.
Ante eso, la jueza Sandra Liliana Ortiz explicó, que aunque sí fue un error, no fue de mala fe. Lo que significa que aunque debían ser destruidas porque no tenían que ver dentro del caso que fueron ordenadas, su hallazgo imprevisto de pruebas para otro proceso sí es legal y está amparado por la jurisprudencia.
Acto seguido, la juez explicó que aun si se estaba frente a una relación abogado cliente, la conversación denotaba la comisión de presuntos delitos, lo cual desvirtúa ese amparo.
El proceso comenzó en 2018, con una investigación que la Corte Suprema adelantaba contra el senador Iván Cepeda, luego de un debate de control político convocado por el político de izquierda.
Cepeda reveló testimonios de ex paramilitares que señalaban a Uribe por supuestos nexos con esos grupos armados ultraderechistas, principalmente en Antioquia.
En medio de esta investigación, los testigos comenzaron a retractarse, pero uno de ellos, Juan Guillermo Monsalve, manifestó por escrito que recibía presiones. La Corte en sus pesquisas descubrió que ese era un patrón que se presentaba en varias declaraciones, así que archivó su indagación contra Cepeda e inició una contra Uribe.
Foto y noticia: Colprensa