La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a cinco antiguos mandos del Bloque Caribe de las extintas Farc por su responsabilidad en secuestros cometidos en Magdalena, Cesar, La Guajira, Sucre, Bolívar y Barranquilla en el marco del conflicto armado.

Los comparecientes, procesados en el Caso 01 sobre secuestros por parte de la antigua guerrilla, son: Abelardo Colorado (‘Solís Almeida’), Osmany Landero (‘Hernando González’), Gilberto de Jesús Giraldo (‘Aldemar Altamiranda’), Luis Cuadras Solórzano (‘Leonardo Guerra’ o ‘Leonardo Muñoz’) y Uriel Oviedo (‘Manuel Ortiz’ o ‘Mañe’).

La JEP les atribuyó responsabilidad por el crimen de guerra de toma de rehenes y por otros crímenes contra las personas cautivas, como homicidio, tortura, tratos crueles, violencia sexual y atentados a la dignidad personal.

También les imputó crímenes de lesa humanidad como graves privaciones de la libertad, desaparición forzada, asesinato, otros actos inhumanos y desplazamiento forzado. Por su gravedad, estos delitos no son objeto de amnistía.

La Sala de Reconocimiento de Verdad documentó que el Bloque Caribe perpetró el 15% de los secuestros atribuidos a las Farc en el país. Según la magistratura, esta estructura operó en dos subregiones clave: la Sierra Nevada de Santa Marta y Serranía del Perijá, así como Montes de María y La Mojana. Instaló al menos 49 retenes ilegales o “pescas milagrosas” en las vías del Caribe, donde la mayoría de víctimas carecía de recursos para pagar su liberación.

Se acreditaron 827 secuestros individuales y colectivos, entre ellos los de la exministra de Cultura María Consuelo Araújo y el exministro Fernando Araújo Perdomo. Las víctimas eran retenidas en casas, fincas y durante ataques a municipios. Muchas terminaron negociando su libertad por sumas entre uno y cinco millones de pesos.

La JEP concluyó que los imputados tenían autoridad para ejecutar los planes del Secretariado, conocer lo que ocurría en la región y ejercer control sobre sus subalternos. La Sala documentó que esta cadena de mando permitió la implementación de una política de privaciones de la libertad con fines de financiación, control territorial y canje de guerrilleros presos.

La determinación de hechos y conductas se basó en el análisis de informes de la Fiscalía, víctimas, organizaciones civiles y versiones orales y escritas de 72 comparecientes. Además, se consideraron las observaciones de 56 víctimas sobre el accionar del Bloque Caribe y el auto No. 19 de 2021 que imputó a siete exintegrantes del Secretariado.

Con esta decisión, ya son cinco los autos de determinación de hechos en el Caso 01, mediante los cuales la JEP ha imputado a siete jefes del Secretariado y a 30 mandos medios de la extinta guerrilla.

Foto y noticia: Colprensa