En medio del proceso judicial contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, recientemente condenado en primera instancia por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, han surgido nuevas observaciones sobre el trámite de una tutela presentada por su defensa.

De acuerdo con el senador Iván Cepeda Castro, quien actúa como víctima en el caso, y los abogados Juan David León Quiroga, Miguel Ángel del Río Malo y Reinaldo Villalba Vargas, representantes de víctimas, la tutela radicada por la defensa del exmandatario habría sido asignada por reparto al magistrado Ramiro Riaño Riaño, quien —según ellos— se encontraría impedido para conocer del caso.

La tutela fue presentada por los abogados del expresidente contra la Juez 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Heredia, quien el pasado 1 de agosto dictó sentencia condenatoria en su contra y ordenó su prisión domiciliaria inmediata. La defensa alega presuntas vulneraciones a los derechos fundamentales del exmandatario, incluyendo la dignidad humana, el debido proceso, la libertad y la presunción de inocencia.

Según lo expresado por Cepeda y los representantes de víctimas, el magistrado Riaño ya habría intervenido en un proceso similar en febrero de este año, cuando conoció otra tutela interpuesta por el expresidente a través de su abogado Jaime Granados. En esa ocasión, siempre según la versión de Cepeda, Riaño decretó una medida provisional que suspendió el juicio oral el mismo día en que se radicó, a pesar de estar impedido. Esta situación habría sido comunicada a la Sala Judicial solo tres días después, y el impedimento fue declarado fundado el 17 de febrero por la Sala Dual, con ponencia del magistrado Leonel Rogeles Moreno.

Cepeda y los abogados citan el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, el cual establece que un juez debe declararse impedido cuando existan causales de impedimento previstas en el Código de Procedimiento Penal, advirtiendo además que la omisión de esta obligación puede acarrear sanciones disciplinarias. Por ello, han solicitado que el trámite de la tutela quede en manos de los dos magistrados restantes de la Sala, para que sean ellos quienes valoren tanto las medidas cautelares solicitadas como el fondo de la acción.

Por ahora, no se ha pronunciado oficialmente el magistrado Ramiro Riaño ni la Rama Judicial frente a este señalamiento. Tampoco se conocen detalles sobre la admisión o no de la tutela ni sobre posibles decisiones respecto al supuesto impedimento.

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