La medida se toma luego de que la aerolínea Fast Colombia-Viva, suspendiera súbitamente sus operaciones el 27 de febrero de 2023 a partir de las 11:00 pm, impidiendo que los usuarios que ya contaban con una reserva emitida y confirmada pudieran transportarse a sus destinos. Por lo anterior, la Superintendencia de Transporte encontró méritos para abrir investigación administrativa y formulación de cargos, sustentada entre otras cosas, en que la aerolínea en mención no acompañó dicha suspensión con el suministro de información completa, veraz, oportuna y precisa a cada uno de los usuarios, según lo ordenado por el Estatuto del Consumidor y los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia. 

Asimismo, se impuso medida administrativa a la aerolínea Fast Colombia (Viva), ordenando el desarrollo de un Plan de Atención a Usuarios frente a la situación presentada y remitir periódicamente a la Entidad un informe sobre las PQRD radicadas. Así mismo, la emisión de un comunicado oficial en donde consten los canales de atención y que se implementen las medidas compensatorias y en materia de reembolso que haya lugar.

Por otra parte, esto se dio mediante la Resolución nro. 637 del 1 de marzo de 2023, la Superintendencia de Transporte encontró mérito para abrir investigación administrativa y formular cargos en contra de la aerolínea Fast Colombia-Viva, por el presunto incumplimiento del literal a. del numeral 1 del artículo 3 de la Ley 105 de 1993, debido a la suspensión súbita de sus operaciones a partir de las 11:00 pm del 27 de febrero de 2023, afectando a los usuarios que ya contaban con reservas emitidas y confirmadas.

Por último, la Entidad impuso medida administrativa ordenando a dicha aerolínea que desarrolle un Plan de Atención a Usuarios con el propósito de enfrentar la situación presentada con esta decisión. Además, se ordena la remisión periódica de las PQRD que se radiquen por parte de los usuarios, la emisión de un comunicado oficial en donde consten los canales de atención y, que se implementen las medidas compensatorias y en materia de reembolsos a que haya lugar. Según la Superintendente de Transporte, Ayda Lucy Ospina Arias, “la Entidad ejerce sus funciones de inspección, vigilancia y control de manera rigurosa en materia de transporte aéreo, por eso, el cumplimiento de lo dispuesto en las normas es primordial y en este caso en particular, fueron alrededor de 466.604 usuarios que tenían reservas confirmadas al 27 de febrero, fecha de la suspensión de las operaciones de Viva”.