La libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez vuelve a estar en discusión, ahora en la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que tiene en sus manos la decisión final sobre la tutela que le permitió salir de la detención domiciliaria tras su condena, un fallo que ahora es examinado con lupa luego de la impugnación de las víctimas y que definirá si el exmandatario continúa libre o si se reactiva de inmediato la orden de captura en su contra.
El expediente ya reposa en el alto tribunal y fue asignado al magistrado Diego Eugenio Corredor Beltrán, quien será el ponente de una decisión que deberá ser discutida y votada junto a los magistrados Myriam Ávila Roldán y Gerson Chaverra. La Sala Penal cuenta con un plazo máximo de 20 días para resolver si confirma, modifica o revoca el fallo del Tribunal Superior de Bogotá que, el pasado 19 de agosto, cuestionó duramente la detención del exmandatario.
El dilema que debe resolver la Corte es complejo y definirá el futuro inmediato del expresidente. Para Francisco Bernate, abogado penalista y presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, el debate se centra en si el Tribunal acertó al conceder una tutela que dejó en suspenso la orden de captura hasta que la condena sea definitiva.
“El dilema que debe resolver la Corte Suprema de Justicia es si el Tribunal acertó al conceder esta tutela a través de la cual se decidió que el expresidente Uribe pudiera continuar en libertad”, explicó Bernate a Colprensa.
Aunque el abogado reconoce que la ponderación de derechos puede ser un ejercicio «abiertamente subjetivo», señaló que la ley colombiana es clara. «Si la persona ha comparecido al proceso y ha estado atento a las diligencias, no hay ninguna razón para que permanezca detenido. De manera que pueden haber argumentos de las víctimas y demás, pero la realidad es que la normativa no les da la razón», sostuvo.
Por esta razón, Bernate anticipa que el escenario más probable es que la Corte confirme la decisión del Tribunal, apegándose a una jurisprudencia consolidada.
Sin embargo, advirtió sobre los dos posibles desenlaces: «Si la Corte decide revocar la tutela, de inmediato se hace efectiva la orden de captura que se profirió por parte de la jueza 44 penal del Circuito y con ello el expresidente continúa detenido de manera inmediata. Si es a la inversa, la libertad de Uribe queda absolutamente blindada hasta tanto no se desate definitivamente la actuación».
Los argumentos que abrieron la puerta a la libertad
El origen de este nuevo capítulo judicial se remonta al 28 de julio, cuando la jueza 44 penal de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda, condenó a Uribe en primera instancia a 12 años de prisión domiciliaria por soborno en actuación penal y fraude procesal. La jueza concluyó que el expresidente buscó manipular a los testigos Juan Guillermo Monsalve, Carlos Enrique Vélez y Euridice Cortés, y que sabía que se estaba engañando a la justicia con cartas falsas.
El 4 de agosto, la defensa de Uribe, liderada por el abogado Jaime Granados, presentó una acción de tutela argumentando la vulneración de derechos fundamentales como la presunción de inocencia y el debido proceso.
El 19 de agosto, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, con ponencia del magistrado Leonel Rogeles Moreno, le dio la razón. El tribunal fue enfático al señalar que la jueza Heredia utilizó razones “vagas, indeterminadas e imprecisas” para justificar la detención. Según el fallo, argumentos como la «convivencia pacífica» o el «efecto ejemplarizante» no eran aplicables y equivalían a una «sanción anticipada».
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Además, el Tribunal desestimó el riesgo de fuga, recordando que Uribe siempre compareció a las diligencias y que su reconocimiento internacional no era un indicio objetivo de evasión. También criticó el uso del «derecho penal de autor», es decir, imponer medidas basadas en la relevancia pública de una persona y no en actos comprobados.
Tras esta decisión, el 20 de agosto, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario de Colombia (INPEC) notificó al expresidente y este quedó formalmente libre. «Cada minuto de mi libertad lo dedicaré a luchar por la libertad de Colombia», dijo Uribe en ese momento.
La tutela, ¿un mecanismo excepcional?
Las víctimas acreditadas en el proceso no tardaron en impugnar, llevando el caso a su instancia definitiva en la Corte. Su argumento se basa en que la tutela no debería proceder cuando existen recursos ordinarios, como la apelación de la condena, que ya está en curso.
Bernate reconoció que esta es una situación «excepcional, al igual que todo lo que ha ocurrido en el caso de Álvaro Uribe Vélez». Explicó que el alto tribunal ha sido muy restrictiva con las tutelas en procesos penales, pero las admite cuando se presentan «vías de hecho», es decir, cuando un juez se aparta «de manera notoria de la legalidad».
«La Corte va a ratificar que la tutela no es el mecanismo, pero que ante situaciones excepcionales donde se advierte que el juez se apartó abiertamente de la normativa, como ocurre en este evento, pues procede, por supuesto, de manera excepcional», afirmó el penalista.
Para Bernate, el verdadero foco noticioso podría no estar en el resultado, que prevé favorable a Uribe, sino en la forma. «Quizás el hecho noticioso pueda venir en la forma en que se confirme, si va a confirmar lo que dijo el Tribunal respecto de apreciaciones subjetivas carentes de fundamento (…) donde tenemos que poner los ojos es en si se van a sostener esos términos que empleó en su momento el Tribunal», concluyó.
En paralelo, el fantasma de la prescripción
Mientras la Corte define su libertad inmediata, otro elemento jurídico ronda el caso: la prescripción de la acción penal, que podría ocurrir en menos de dos meses. En una movida anticipada, el expresidente Uribe envió una carta al Tribunal Superior de Bogotá anunciando su intención de renunciar a ese beneficio.
Sin embargo, expertos señalan que para que dicha renuncia sea válida, el fenómeno ya debe haberse configurado, es decir, el plazo legal debe estar vencido. La manifestación debe ser expresa y ante la autoridad competente, condiciones que, por ahora, no se cumplen en su totalidad, manteniendo abierta otra de las muchas aristas del complejo proceso judicial contra el exmandatario.
Foto y nota de Colprensa