El Gobierno Nacional le recuerda y reitera a todas las entidades territoriales que los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico presentados ante el mecanismo de viabilización del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio deben cumplir los requisitos establecidos en la Resolución 0661 de 2019.

Esta normativa fue expedida el 23 de septiembre de 2019 y su objeto es establecer «el mecanismo y los requisitos para la presentación, viabilización, reformulación y expedición de conceptos técnicos para los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que sean presentados por entidades en las regiones que soliciten apoyo financiero de la Nación».

«En particular, cuando las entidades territoriales presenten observaciones, como ha ocurrido en algunos proyectos del Departamento de Cundinamarca, estas deben ser debidamente subsanadas. Es importante mencionar que en promedio se presentan anualmente ante el Ministerio cerca de 700 proyectos para trámite de evaluación, de los cuales más de 350 corresponden al sector de agua; el año pasado este tipo de iniciativas tuvieron una inversión estimada de $5,3 billones de pesos, mientras que de saneamiento se presentan cerca de 250 proyectos, los cuales para 2024 contaron con recursos por $4,6 billones de pesos», aseguró el Viceministro de Agua y Saneamiento Básico Edward Steven Libreros.

El proceso de viabilización es documental, verifica que los proyectos cumplan los parámetros técnicos, normativos y de presentación, pero no implica visita de campo ni revisión detallada de calidad de estudios.

El Ministerio de Vivienda reporta que estos proyectos se concentran principalmente en municipios de categorías 4, 5 y 6 (los de menores recursos), lo que subraya la importancia de garantizar el cumplimiento normativo para canalizar la financiación nacional hacia los territorios más rezagados. Así mismo, los datos oficiales indican que aproximadamente 3,2 millones de personas en Colombia no tienen acceso a agua potable, de los cuales 2,6 millones viven en zonas rurales.

En esto orden de ideas, se les recuerda a las regiones los siguientes parámetros:

1. Cumplimiento estricto de requisitos documentales: Los proyectos presentados al mecanismo de viabilización deben contar con los formatos establecidos, fichas MGA y EBI, autorizaciones, estudios de impacto, y demás documentación exigida en la Resolución 0661 de 2019.

2. Subsanación de observaciones: Cuando el Ministerio, mediante su mecanismo, formule observaciones (como en el caso de Cundinamarca), la entidad formuladora debe completar los ajustes señalados para avanzar en la aprobación.

3. Relevancia estratégica del sector agua y saneamiento: Atender esta normativa no es un trámite menor, sino un paso esencial para garantizar que los recursos nacionales se traduzcan en obras concretas que mejoren la cobertura, la calidad del servicio y la salud pública en comunidades vulnerables.

4. Atención prioritaria a zonas rurales: Dada la alta proporción de población rural sin acceso adecuado al servicio de agua y saneamiento, los esfuerzos deben enfocarse en asegurar que los proyectos en esos territorios cumplan los requisitos para ser financiables.

«El Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico pone a disposición de los entes territoriales canales de apoyo técnico para la correcta formulación de los proyectos, de tal forma que cumplan los lineamientos de la Resolución 0661 de 2019 y puedan acceder al respaldo financiero de la Nación», concluyó Libreros