La defensa de Sebastián Ortega cuestionó los elementos presentados para sustentar la solicitud de medida de aseguramiento. La Procuraduría, por su parte, respaldó la petición de una medida intramural para los dos procesados.

La audiencia de solicitud de medida de aseguramiento contra Miguel Quintero y Sebastián Ortega, dentro del proceso por presuntas irregularidades relacionadas con contratos del Área Metropolitana del Valle de Aburrá y el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Itagüí, fue aplazada nuevamente este martes 29 de septiembre.

La diligencia se desarrolló ante el Juzgado 27 Penal Municipal de Medellín, con función de control de garantías, después de varias suspensiones y jornadas de audiencia en las que han intervenido la Fiscalía, el representante de víctimas, la Procuraduría y las defensas.

De acuerdo con lo ocurrido durante la jornada, el juez recomendó que la audiencia se reanude este viernes 2 de octubre, cuando deberán continuar las intervenciones pendientes dentro del análisis de la solicitud de medida de aseguramiento.

Defensa de Sebastián Ortega cuestionó los elementos presentados

Durante la audiencia, la defensa de Sebastián Ortega centró parte de su intervención en cuestionar la solidez de los elementos utilizados para sustentar la solicitud de una medida de aseguramiento.

El abogado sostuvo que varios de los elementos expuestos durante el proceso no permitirían establecer, según su interpretación, una inferencia razonable suficientemente sólida sobre la participación de su representado en las conductas investigadas.

Uno de los puntos señalados estuvo relacionado con las pruebas presentadas por el abogado de víctimas. Según la defensa, fueron expuestos 47 elementos, pero solamente dos harían referencia a Sebastián Ortega y, de acuerdo con su planteamiento, esas menciones serían de carácter general.

La defensa también cuestionó la atribución de un número telefónico a Ortega dentro de un grupo de WhatsApp denominado “Amigos”. Según explicó el abogado durante la audiencia, ese número no pertenecería ni sería utilizado por su representado, por lo que pidió que ese elemento sea valorado teniendo en cuenta dicha controversia.

El grupo “Amigos” ha sido mencionado previamente dentro de las investigaciones conocidas públicamente sobre el caso. Reportes periodísticos han señalado que allí aparecían conversaciones relacionadas con asuntos administrativos y contractuales del Área Metropolitana y que entre sus integrantes figuraban Miguel Quintero, Álvaro Villada y Sebastián Ortega. Estas referencias hacen parte de los elementos que han sido objeto de análisis dentro de la investigación.

Otro de los argumentos de la defensa estuvo relacionado con los requisitos para imponer una medida de aseguramiento. El abogado hizo referencia al análisis del peligro para la comunidad, para las víctimas o de una eventual obstrucción a la justicia.

En ese punto, señaló que Sebastián Ortega no registra antecedentes penales, circunstancia que, según la defensa, debe ser considerada dentro de la valoración individual sobre la necesidad y proporcionalidad de restringir su libertad.

La defensa también cuestionó que durante la intervención del abogado de víctimas se hubiera hecho referencia a una situación de carácter personal relacionada con una discusión o conflicto de pareja. Según el abogado de Ortega, ese asunto no debería ser utilizado para sustentar una medida de aseguramiento si no existen elementos que acrediten su relación con las conductas investigadas.

La posición de la defensa fue que cualquier decisión sobre la libertad de su representado debe fundamentarse en elementos materiales probatorios concretos, verificables y directamente relacionados con los hechos investigados.

Finalmente, el abogado reiteró que su actuación busca garantizar los derechos de Ortega y recordó principios como la presunción de inocencia, el debido proceso y la libertad como regla general, mientras no exista una decisión judicial que determine responsabilidad penal.

Procuraduría respaldó la medida de aseguramiento

Mientras la defensa presentó estos cuestionamientos, la Procuraduría respaldó la solicitud de una medida de aseguramiento de carácter intramural para Miguel Quintero y Sebastián Ortega.

El delegado del Ministerio Público, José Luis Ochoa, sostuvo durante la audiencia que, frente a Miguel Quintero, la Fiscalía había presentado argumentos suficientes para sustentar la procedencia de la medida solicitada.

“Con relación a Miguel Quintero Calle, ya este delegado hizo una manifestación respecto de la procedencia de la medida de aseguramiento de carácter intramural en contra de los mismos por cuanto la Fiscalía había realizado con suficiencia la argumentación”.

La posición de la Procuraduría se suma a la solicitud formulada dentro del proceso para que se analice la posibilidad de restringir la libertad de los procesados mientras avanza la investigación. Medios que han seguido la audiencia también han reportado que la Fiscalía y el representante del Área Metropolitana solicitaron medidas restrictivas de la libertad dentro del caso.

La defensa de Miguel Quintero, por su parte, ya había anunciado cuestionamientos frente a la solicitud. Su abogado, Santiago Trespalacios, sostuvo que buscaría demostrar ante el juez que no existe riesgo de no comparecencia y que algunos de los elementos presentados durante la audiencia tendrían problemas en su construcción o interpretación.

La decisión todavía no se conoce

Con la nueva suspensión, el juez aún no ha adoptado una decisión definitiva sobre la solicitud de medida de aseguramiento.

La audiencia está prevista para continuar este viernes, de acuerdo con la recomendación realizada por el juez durante la jornada del 29 de septiembre.

Será entonces cuando continúen las intervenciones de las partes y el despacho avance en el análisis de los argumentos relacionados con la necesidad de imponer o no una medida de aseguramiento.

El proceso continúa en etapa judicial y las afirmaciones expuestas por las partes corresponden a posiciones dentro de la actuación. La responsabilidad penal de los investigados no ha sido definida mediante una decisión judicial definitiva.