La decisión judicial señala que los crímenes no fueron hechos aislados: la Sala identificó un patrón macrocriminal que involucró a integrantes del Ejército, la Policía y estructuras paramilitares, principalmente el Bloque Cacique Nutibara. Entre los doce máximos responsables imputados figuran los generales retirados Mario Montoya Uribe y José Leonardo Gallego Castrillón.
Medellín, 30 de octubre de 2026. Más de dos décadas después de las operaciones militares y policiales que marcaron la historia de la Comuna 13 de Medellín, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) presentó uno de los avances judiciales más relevantes en el esclarecimiento de los crímenes cometidos en este territorio entre 2001 y 2004.
La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a doce antiguos integrantes de la Fuerza Pública: ocho del Ejército Nacional y cuatro de la Policía. La decisión hace parte del Subcaso Antioquia del Caso 08, que investiga los crímenes graves cometidos por integrantes de la Fuerza Pública, otros agentes del Estado en asociación con grupos paramilitares o terceros civiles.
La investigación, liderada por los magistrados Óscar Parra Vera y Gustavo Salazar Arbeláez, reconstruyó un entramado de violencia que, según la Sala, no respondió únicamente a enfrentamientos entre la Fuerza Pública y las milicias urbanas. Los hallazgos judiciales identificaron dos políticas que articularon el patrón macrocriminal: la estigmatización de habitantes como supuestos integrantes o colaboradores de organizaciones insurgentes y los acuerdos de no agresión y colaboración entre integrantes de organismos estatales y estructuras paramilitares.
El expediente establece que esta dinámica facilitó homicidios, desapariciones forzadas, desplazamientos, torturas, violencia sexual, detenciones arbitrarias y persecución contra sectores de la población civil.
La principal estructura paramilitar involucrada fue el Bloque Cacique Nutibara (BCN), comandado por Diego Fernando Murillo Bejarano, conocido como ‘Don Berna’, que terminó consolidando su hegemonía territorial, social y económica en amplios sectores de la Comuna 13 después de la Operación Orión.
La JEP identificó 951 hechos victimizantes que afectaron a 891 personas durante el periodo investigado. Algunas víctimas sufrieron más de una conducta criminal.
LAS CIFRAS DE LA INVESTIGACIÓN
951
Hechos victimizantes identificados
891
Personas afectadas
87
Víctimas de desaparición forzada
80
Víctimas de homicidio
289
Víctimas de desplazamiento forzado
380
Víctimas de privaciones graves de la libertad
74
Hechos de lesiones personales
34
Víctimas de tortura
7
Víctimas de violencia sexual
12
Comparecientes imputados
Cifras del universo provisional de hechos establecido por la Sala de Reconocimiento de la JEP.
La estigmatización de la población civil: el punto de partida del patrón macrocriminal
Uno de los principales hallazgos de la investigación es que amplios sectores de la población de la Comuna 13 fueron señalados como integrantes o colaboradores de las milicias urbanas de las Farc-EP, el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y los Comandos Armados del Pueblo (CAP).
La Sala estableció que integrantes de la IV Brigada del Ejército, la Regional de Inteligencia Militar No. 6 (RIME 6) y la Policía Metropolitana del Valle de Aburrá (MEVAL) impulsaron una política de estigmatización que extendió la sospecha sobre habitantes, jóvenes, comerciantes, estudiantes, líderes comunitarios y defensores de derechos humanos.
La investigación identificó la participación de unidades militares y policiales en esta dinámica, entre ellas:
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La IV Brigada del Ejército y sus unidades tácticas.
-
El GAULA Militar Antioquia.
-
El Batallón de Ingenieros No. 4 Pedro Nel Ospina (BIOSP).
-
El Batallón de Infantería No. 32 Pedro Justo Berrío (BIPEB).
-
La Regional de Inteligencia Militar No. 6 (RIME 6).
-
La Policía Metropolitana del Valle de Aburrá (MEVAL).
-
El Cuerpo Élite Antiterrorista (CEAT).
-
Las estaciones de Policía de Belén y San Cristóbal.
Según la reconstrucción judicial, la información de inteligencia, las bases de datos, las fotografías, los listados y los señalamientos de informantes contribuyeron a construir una imagen de enemigo sobre sectores de la población que no necesariamente participaban en las hostilidades.
La JEP encontró que esta información fue utilizada para identificar personas y viviendas, señalar supuestos colaboradores de las milicias y facilitar acciones de persecución por parte de estructuras paramilitares.
La Sala advirtió que estas prácticas desconocieron el principio de distinción del Derecho Internacional Humanitario (DIH), que obliga a diferenciar entre combatientes y población civil.
La presunta colaboración entre integrantes de la Fuerza Pública y el Bloque Cacique Nutibara
El segundo componente central de la investigación está relacionado con los acuerdos de colaboración y no agresión entre integrantes de organismos estatales y estructuras paramilitares.
La Sala determinó que la relación no se limitó a una tolerancia pasiva frente a la presencia de grupos ilegales. En distintos episodios encontró mecanismos de cooperación que habrían facilitado la ejecución de crímenes contra habitantes de la Comuna 13.
Entre los mecanismos identificados se encuentran:
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Intercambio de información: entrega de fotografías, listados y datos de personas señaladas de pertenecer o colaborar con las milicias urbanas.
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Utilización de guías e informantes: participación de integrantes o colaboradores del BCN en operaciones oficiales para señalar personas y orientar a las tropas.
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Coordinación territorial: acuerdos que respondían a una lógica de distribución de sectores y movimientos, resumida en la expresión «usted entra y yo salgo».
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Coordinación operativa: articulación en escenarios de confrontación y operaciones urbanas.
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Ausencia de persecución: tolerancia y falta de acciones efectivas frente a las actividades de las estructuras paramilitares.
La investigación identificó vínculos entre integrantes de unidades de la IV Brigada, la RIME 6 y la MEVAL con el Bloque Cacique Nutibara y otras estructuras relacionadas con la Oficina de Envigado.
Uno de los aspectos documentados fue la presencia de informantes paramilitares que acompañaron a integrantes del Ejército y la Policía durante diferentes intervenciones.
Entre ellos aparecen Joaquín Javier Tuberquia Valle, conocido como ‘El Indio’, quien reconoció haber participado como guía durante cinco días en la Operación Orión por instrucciones de sus superiores paramilitares; Marlon Andrés Castañeda Higuita, alias ‘El Gomelo’, y Euries Arturo Roldán Peláez, conocido como ‘Tilín’.
Este último suministró información, participó como guía en diferentes operaciones y recibió pagos por recompensas. Según la investigación, pertenecía a Los Pesebreros, estructura comandada por Freyner Alfonso Ramírez, alias ‘Carlos Pesebre’, articulada al proyecto paramilitar del BCN.
También fueron mencionados otros integrantes de estas estructuras conocidos con los alias de ‘Santiago’, ‘Jorgito’, ‘Cachetes’, ‘Pérez’, ‘El Gurre’, ‘Tilico’, ‘Guachilejo’ y ‘El Viejo’.
La JEP estableció que algunos de estos informantes recibieron pagos por información y recompensas financiados mediante recursos de Metroseguridad, transferencias del Fondo de Seguridad del Departamento de Antioquia y fondos de gastos reservados administrados por organismos militares y policiales.
Para la Sala, estos elementos permiten reconstruir los mecanismos mediante los cuales la información de inteligencia y la actuación de informantes contribuyeron a identificar y perseguir a habitantes de la Comuna 13.
Operación Mariscal: nueve personas asesinadas y más de 30 civiles heridos
La Operación Mariscal, desarrollada el 21 de mayo de 2002, fue uno de los episodios examinados en profundidad por la JEP.
La intervención involucró unidades de la IV Brigada del Ejército y de la Policía Metropolitana del Valle de Aburrá, además de otras entidades estatales. El operativo se desarrolló en sectores densamente poblados de la Comuna 13.
La Sala documentó el uso de ametralladoras, granadas y armamento de alto poder en zonas residenciales, así como ataques que expusieron a la población civil a los efectos directos de las hostilidades.
El balance establecido por la investigación incluye nueve personas asesinadas, entre ellas cuatro menores de edad, y más de treinta civiles heridos.
Durante el operativo fueron capturadas 41 personas. Sin embargo, solamente cuatro fueron judicializadas, mientras que 37 quedaron en libertad, incluidos once menores de edad.
La JEP también encontró que las personas capturadas no correspondían a los ciudadanos incluidos en las 34 órdenes de captura que habían sido autorizadas previamente por la Fiscalía.
La investigación identificó deficiencias en la preparación de las unidades para desarrollar operaciones en zonas urbanas, ausencia de medidas suficientes para proteger a los civiles, disparos contra viviendas y corredores de circulación y obstáculos para la atención y evacuación de personas heridas.
La Sala consideró que estos hechos podrían constituir graves infracciones al DIH y crímenes de guerra relacionados con homicidios de personas protegidas, lesiones a civiles, ataques indiscriminados, uso desproporcionado de la fuerza y obstrucción de la asistencia médica.
Entre las víctimas identificadas en el expediente figuran María Isabel Jaramillo Giraldo, de cinco años; Yiseth Adriana Tascón Olarte, de once; John Wilmar Ayala Múnera, de 16; y Jorge Alexander Bustamante Goez, de 17 años.
Los hechos también fueron examinados por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que identificó vulneraciones relacionadas con el uso indiscriminado de la fuerza y el desconocimiento de los principios de distinción, precaución y proporcionalidad.
Operación Orión: la intervención militar que dio paso a la hegemonía paramilitar
El operativo tuvo como objetivo recuperar el control territorial de sectores de la Comuna 13 que estaban bajo influencia de las milicias urbanas de las Farc-EP, el ELN y los CAP.
En la intervención participaron unidades de la IV Brigada, la Policía Metropolitana, organismos de inteligencia y otras entidades estatales. La investigación de la JEP encontró que también hubo participación de guías e informantes vinculados a estructuras paramilitares.
La Sala reconstruyó las actuaciones de las unidades involucradas y encontró que integrantes del Bloque Cacique Nutibara participaron en la identificación de personas y viviendas, acompañaron a las tropas y suministraron información sobre supuestos integrantes o colaboradores de las milicias.
Los testimonios recopilados también describieron reuniones previas y la presencia de personas encapuchadas durante allanamientos, registros y capturas.
La investigación estableció que el 16 de octubre comenzó el ingreso masivo de tropas y unidades policiales a diferentes barrios de la Comuna 13. El 17 de octubre se registraron homicidios y capturas masivas, mientras que entre el 18 y el 20 ocurrieron varias de las desapariciones forzadas documentadas.
Aunque la operación terminó oficialmente el 23 de octubre, las conductas criminales relacionadas con el control territorial paramilitar continuaron durante los meses siguientes.
Capturas masivas y detenciones arbitrarias
Uno de los hallazgos de mayor relevancia fue el número de personas capturadas durante el operativo.
La Sala documentó 292 capturas, de las cuales 248 se realizaron sin orden judicial. De ese último grupo, 144 personas fueron liberadas por falta de pruebas entre finales de octubre de 2002 y enero de 2003.
La investigación también examinó el funcionamiento de los lugares utilizados para concentrar y verificar a los detenidos, entre ellos Casa Orión, donde se desarrollaron actividades de mando, inteligencia y clasificación de personas.
Estos espacios fueron relevantes para reconstruir las circunstancias de las detenciones y las desapariciones posteriores, debido a que algunos testimonios ubicaron allí a personas cuyo paradero se perdió después de permanecer bajo custodia.
Para la JEP, la cantidad de capturas sin orden judicial y la posterior liberación de numerosas personas por falta de pruebas evidencian la debilidad de los señalamientos utilizados para justificar las detenciones.
La Sala también documentó 40 personas lesionadas durante el desarrollo de la Operación Orión, 18 de ellas el 16 de octubre.
Entre las víctimas se encuentra Adriana María Mazo, quien recibió un disparo en el cuello cuando se dirigía a su trabajo y quedó con una discapacidad permanente.
También fueron identificados como víctimas de homicidio Diego Alexander Salazar y el seminarista Elkin de Jesús Ramírez Vélez.
Las desapariciones durante y después de Orión
La investigación documentó once desapariciones forzadas relacionadas con el alistamiento, desarrollo y consolidación posterior de la Operación Orión.
Entre las víctimas desaparecidas durante esos días se encuentran Edwin Antonio Salazar Granada, Danny Ferney Quiroz Benítez, Blanca Lilia Ruiz Marín, Jhon Fredy Sánchez Castrillón, Mauricio Gutiérrez y Pedro Nel Roldán.
En varios de estos casos, las víctimas fueron vistas por última vez bajo custodia de agentes estatales.
Edwin Antonio Salazar Granada fue detenido el 18 de octubre por integrantes del CEAT y trasladado en una tanqueta de la Policía.
Al día siguiente fueron capturados Danny Ferney Quiroz, Blanca Lilia Ruiz y Jhon Fredy Sánchez, en hechos en los que, según la investigación, participaron integrantes del GAULA Militar y personas vinculadas a estructuras paramilitares.
Los testimonios recopilados por la JEP ubicaron posteriormente a algunas de estas personas en los calabozos de la IV Brigada, antes de que se perdiera todo rastro de su paradero.
Después de la terminación oficial de la operación, el 25 de octubre fueron desaparecidos Carol Vanesa Restrepo y John Jairo Durango Machado, ambos de 17 años, y Cristian Adrián Castrillón Castrillón, de 15.
La Sala también destacó el caso de una víctima identificada con el código VU_211, desaparecida en octubre de 2002, cuyos restos fueron recuperados en La Escombrera en diciembre de 2024.
El control territorial después de la intervención
Uno de los hallazgos centrales de la JEP es que la Operación Orión no significó únicamente la recuperación del territorio por parte del Estado.
De acuerdo con la reconstrucción judicial, después de la intervención el Bloque Cacique Nutibara consolidó su presencia y estableció un control social, territorial, político, económico y armado sobre amplios sectores de la Comuna 13.
La investigación documentó que continuaron los homicidios, las desapariciones, las amenazas y los desplazamientos contra personas consideradas opositoras o señaladas de colaborar con la insurgencia.
El BCN mantuvo su hegemonía hasta su desmovilización en noviembre de 2003. Posteriormente, el Bloque Héroes de Granada, también bajo el mando de Diego Fernando Murillo Bejarano, continuó el dominio paramilitar hasta su desmovilización en agosto de 2005.
Para la Sala, esta continuidad demuestra que la violencia posterior a Orión debe analizarse dentro de un patrón más amplio de control territorial y persecución contra la población civil.
La Escombrera: las desapariciones y la búsqueda que persistió durante más de dos décadas
La desaparición forzada fue una de las conductas más graves identificadas en el expediente. La JEP documentó 87 víctimas de este crimen entre 2001 y 2004 y estableció que esta práctica fue utilizada para eliminar personas consideradas enemigas, ocultar su paradero y generar terror en las comunidades.
La investigación determinó que las desapariciones no fueron hechos aislados, sino parte de una estrategia de control que involucró a integrantes del Bloque Cacique Nutibara y agentes estatales en distintas formas de participación, coordinación, entrega de personas y encubrimiento.
Uno de los elementos centrales fue la reconstrucción de la presencia militar y policial en la Comuna 13 y sus alrededores.
La Sala examinó la ubicación de al menos trece bases militares de la IV Brigada, los inmuebles arrendados mediante convenios con Metroseguridad y la distribución de las tropas en el territorio.
También analizó el despliegue de la MEVAL, las actuaciones del CEAT y la presencia de las estaciones de Policía de San Cristóbal y Belén.
Con esta información, la investigación estableció que la presencia paramilitar era visible, numerosa y permanente en sectores bajo control de la Fuerza Pública. La Sala encontró elementos que apuntan al conocimiento y la tolerancia de esa presencia por parte de distintas unidades estatales.
Un sistema de lugares de inhumación clandestina
La investigación judicial identificó un sistema de posibles lugares de inhumación clandestina en la periferia centro-occidental de Medellín, integrado por La Escombrera, El Cebollal, Cerro Doce Apóstoles y La Palomera.
Según la información recopilada por la JEP, existen elementos para señalar que al menos 38 víctimas de desaparición forzada durante 2002 y 2003 fueron inhumadas en estos lugares.
De ese universo, 28 personas están plenamente identificadas y diez permanecen pendientes de identificación. Siete de estas últimas están incluidas en el universo provisional de hechos del Subcaso Antioquia del Caso 08.
Las excavaciones buscan alcanzar los niveles del terreno correspondientes al periodo en el que habrían sido ocultados los cuerpos y recuperar los hallazgos mediante procedimientos de antropología forense.
La búsqueda en La Escombrera ha estado acompañada por la persistencia de madres y familiares que durante más de veinte años denunciaron la posible presencia de cuerpos de personas desaparecidas en ese lugar.
Las organizaciones Mujeres Caminando por la Verdad, el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE), la Corporación Jurídica Libertad, la Fundación Santa Laura Montoya y el Grupo Interdisciplinario por los Derechos Humanos han tenido un papel relevante en las solicitudes de protección, búsqueda y esclarecimiento.
La medida cautelar promovida por estas organizaciones permitió impulsar la protección del lugar y las labores de búsqueda.
El caso de Arles Edison Guzmán Medina
Entre los casos reconstruidos por la JEP está la desaparición de Arles Edison Guzmán Medina, ocurrida el 30 de noviembre de 2002 en el barrio 20 de Julio.
La evidencia recopilada señala que fue retenido por integrantes del Bloque Cacique Nutibara después de ser estigmatizado.
Su familia emprendió una búsqueda que estuvo marcada por amenazas, obstáculos y deficiencias institucionales. Incluso entregó información temprana sobre la posible ubicación de sus restos, sin que se desplegara una respuesta eficaz y oportuna.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la responsabilidad internacional del Estado colombiano en este caso.
La investigación de la JEP y las labores de búsqueda hacen parte de los esfuerzos para esclarecer lo ocurrido y contribuir al cumplimiento de las obligaciones de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
Las desapariciones de noviembre de 2002
La Sala también documentó que entre el 23 y el 30 de noviembre de 2002 desaparecieron al menos once personas.
Entre los casos examinados aparecen Carlos Emilio Torres Holguín, Carlos Mario Pérez, Édgar López Celis, Edwin Alonso Robledo Osorio, Juan Fernando Vargas Rendón y Arles Edison Guzmán Medina.
La investigación encontró elementos comunes relacionados con privaciones ilegales de la libertad, ocultamiento del destino de las víctimas, amenazas contra familiares y disposición clandestina de cuerpos.
Algunos de estos hechos fueron reconocidos posteriormente por antiguos integrantes del Bloque Cacique Nutibara en escenarios judiciales.
Ochenta homicidios: la violencia como instrumento de control de la población
La JEP identificó 80 homicidios de civiles en la Comuna 13 y sectores aledaños entre 2001 y 2004.
La Sala determinó que estos hechos se desarrollaron bajo tres modalidades: asesinatos ejecutados directamente por integrantes de la Fuerza Pública, crímenes cometidos conjuntamente con paramilitares y homicidios perpetrados por estructuras paramilitares bajo acuerdos de no persecución por parte de agentes estatales.
Los hechos fueron calificados como crímenes de guerra de homicidio en persona protegida y crímenes de lesa humanidad de asesinato.
Las víctimas fueron principalmente hombres jóvenes entre los 16 y los 38 años, aunque también se documentaron homicidios de mujeres y menores de edad.
La investigación encontró que los asesinatos respondieron a diferentes objetivos: eliminar personas señaladas de colaborar con grupos insurgentes, castigar a quienes se oponían al control paramilitar, generar terror y expulsar habitantes de sectores considerados estratégicos.
Entre los episodios documentados se encuentran:
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Masacre de La Loma, 18 de octubre de 2001: fueron asesinados Jhon Jairo Acevedo, Mauricio Mazo, Jorge Ruiz y Ariel Betancur. La Sala relacionó este hecho con la modalidad de homicidios múltiples y selectivos utilizada para consolidar el dominio paramilitar.
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Operación Metro, 7 de mayo de 2002: la investigación atribuyó a tropas del Batallón Pedro Justo Berrío los asesinatos de Elkin Arbey Ortiz Ochoa y Josué Rodríguez Villamizar, quienes habrían sido retenidos y posteriormente ejecutados para ser presentados falsamente como bajas en combate. En los mismos hechos fue asesinada Gloria González Ardila y su hija de once meses resultó herida.
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Belencito Corazón, 21 de agosto de 2002: Ángel Cayetano Lloreda fue asesinado y decapitado delante de su hijo. Posteriormente, su cabeza fue exhibida públicamente para generar temor entre los habitantes.
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Ese mismo día: Everardo de Jesús Herrera García, fabricante de arepas, fue sacado de su vivienda por integrantes de grupos paramilitares y asesinado. Después incendiaron su casa, lo que provocó el desplazamiento de su familia.
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22 de agosto de 2002: Deisy Alejandra Álvarez Patiño, de 15 años, fue amarrada, arrastrada y asesinada en un hecho relacionado con formas de violencia contra las mujeres y castigo ejemplarizante.
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13 de noviembre de 2002: un adolescente de 15 años fue secuestrado, torturado y asesinado. La Sala documentó el desmembramiento y abandono de su cuerpo en un balde.
Estos episodios, de acuerdo con la investigación, no constituyeron hechos desconectados, sino manifestaciones de una práctica de violencia orientada a someter a la población y consolidar el control territorial.
El desplazamiento forzado: 289 personas obligadas a abandonar sus hogares
Otro de los componentes del patrón macrocriminal fue el desplazamiento forzado intraurbano.
La Sala documentó al menos 289 víctimas pertenecientes a 79 núcleos familiares y determinó que la expulsión de habitantes fue utilizada como estrategia de control territorial.
Los desplazamientos respondieron a diferentes propósitos: apropiación de bienes, generación de terror, castigo a quienes rechazaban el dominio del BCN, estigmatización como supuestos colaboradores de las milicias y utilización de viviendas para fines militares.
Uno de los episodios más representativos ocurrió el 29 de junio de 2002 en el barrio El Salado.
Según la investigación, integrantes del Bloque Cacique Nutibara ingresaron al sector, amenazaron a sus habitantes, destruyeron bienes y ordenaron a las familias abandonar el territorio.
Como consecuencia, cerca de 79 familias, integradas por aproximadamente 289 personas, tuvieron que salir de sus viviendas para proteger sus vidas e integridad.
La expulsión implicó la pérdida de hogares, pertenencias, redes familiares, proyectos de vida y medios de subsistencia. Las familias desplazadas enfrentaron condiciones de precariedad e incertidumbre.
La Sala también encontró que las autoridades militares y policiales conocían la situación de riesgo que enfrentaba la población y la inminencia de la incursión paramilitar. Pese a ello, integrantes de la MEVAL y de la IV Brigada no adoptaron las medidas de prevención y protección que les correspondían.
Para la JEP, estas omisiones contribuyeron a que se materializara el desplazamiento y se consolidara el control paramilitar.
Violencia sexual y persecución por razones de género
La investigación también identificó siete víctimas de violencia sexual, entre ellas niñas, adolescentes, mujeres jóvenes y personas con identidades y orientaciones sexuales diversas.
La Sala determinó que estas agresiones fueron utilizadas para intimidar, castigar y ejercer control social sobre la población durante la consolidación paramilitar.
Los hechos fueron calificados como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.
Entre los episodios documentados están las agresiones sexuales y torturas contra personas identificadas con los códigos VU_282 y VU_283, ocurridas en septiembre de 2001; la detención, las amenazas y posterior violación de una adolescente identificada como VU_285; y los signos de violencia sexual y tortura encontrados en el cuerpo de VU_172, exhumado en La Escombrera.
También se documentó violencia sexual motivada por prejuicio contra VU_284, una persona trans, y el secuestro, tortura y violación múltiple de VU_286, una lideresa juvenil.
La JEP encontró además homicidios de mujeres y adolescentes relacionados con prácticas de violencia ejemplarizante.
En noviembre de 2002, integrantes del BCN asesinaron a las adolescentes Verónica Rodríguez, Silvana Rodríguez y Zully Valencia, quienes previamente habían sido secuestradas en medio de señalamientos sobre su supuesto vínculo familiar con un integrante de un grupo ilegal.
En junio de 2003 fueron secuestradas, torturadas y asesinadas Gloria Amparo Álvarez, Marta Lía Cardona y Martha Cecilia Paniagua Cardona, hija de esta última.
La Sala también examinó el contexto de persecución contra Marta Lía Cardona y Gloria Amparo Álvarez, quienes eran pareja, habían sido detenidas previamente y habían sufrido allanamientos y amenazas.
Para la JEP, estos hechos reflejan la utilización de la violencia contra las mujeres y personas con orientaciones e identidades diversas como instrumento de intimidación y sometimiento.
Torturas y privaciones de la libertad
La Sala acreditó 34 víctimas de tortura y encontró que estas prácticas fueron utilizadas para castigar, obtener información, intimidar y controlar a la población.
Los hechos involucraron a integrantes del Batallón de Ingenieros No. 4 Pedro Nel Ospina, bajo el mando del coronel retirado Jairo Bocanegra; del Batallón de Infantería No. 32 Pedro Justo Berrío; del CEAT de la Policía y de estructuras paramilitares.
La investigación estableció que algunas víctimas fueron torturadas antes de ser asesinadas, desaparecidas o sometidas a violencia sexual.
Estos hechos fueron calificados como crímenes de guerra de tortura y crimen de lesa humanidad de tortura.
En cuanto a las privaciones graves de la libertad, la Sala identificó 380 víctimas dentro del universo provisional de hechos. Estas conductas se relacionaron con capturas arbitrarias, detenciones masivas, señalamientos sin verificación suficiente y prácticas de intimidación contra habitantes.
Persecución contra las lideresas de la Asociación de Mujeres de las Independencias
Uno de los capítulos más relevantes del expediente es la persecución contra mujeres que ejercían liderazgo social y defensa de derechos humanos en la Comuna 13.
La Sala estableció que las agresiones contra integrantes de la Asociación de Mujeres de las Independencias (AMI) hicieron parte de una estrategia para debilitar los procesos comunitarios y limitar la participación de las mujeres en el territorio.
Entre las lideresas afectadas se encuentran María del Socorro Mosquera, Mery del Socorro Naranjo, Ana Teresa Yarce, Luz Dary Ospina y Myriam Eugenia Rúa.
La investigación documentó detenciones arbitrarias, amenazas, estigmatización, desplazamientos forzados y hostigamientos por parte de estructuras paramilitares, con aquiescencia o participación de agentes estatales.
Las acusaciones contra ellas estaban relacionadas con supuestos vínculos con la insurgencia.
Uno de los hechos más graves fue el asesinato de Ana Teresa Yarce, ocurrido el 6 de octubre de 2004, después de que denunciara la presencia paramilitar en la Comuna 13.
La JEP calificó estos hechos como crimen de lesa humanidad de persecución y determinó que las agresiones no solo afectaron a las lideresas y sus familias, sino que también debilitaron organizaciones sociales y procesos de participación comunitaria.
Los daños que permanecen en la comunidad
La Sala reconoció que los efectos de la violencia trascendieron a las víctimas directas y afectaron el tejido social de la Comuna 13.
Además de los asesinatos, las desapariciones, las torturas y los desplazamientos, la población enfrentó la ruptura de proyectos de vida, la pérdida de redes familiares y comunitarias, el debilitamiento de organizaciones sociales y la transformación de las dinámicas de convivencia.
La imposición del miedo y la pérdida de confianza institucional también fueron identificadas como consecuencias de las prácticas de control territorial.
Las mujeres, los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y líderes sociales experimentaron afectaciones diferenciadas, asociadas a las condiciones de vulnerabilidad y a las formas específicas de violencia ejercidas contra ellos.
La investigación incorporó las denuncias y aportes de las víctimas y de organizaciones que durante años han exigido el esclarecimiento de los hechos.
Entre las entidades cuyos informes fueron utilizados se encuentran la Corporación Jurídica Libertad, Mujeres Caminando por la Verdad, el Centro de Fe y Culturas, el Instituto Popular de Capacitación, la Fundación Santa Laura Montoya, el Grupo Interdisciplinario de Derechos Humanos y Caribe Afirmativo.
¿Cómo llegó la JEP a estos hallazgos?
La imputación es resultado de una investigación que reunió testimonios, documentos militares y policiales, expedientes judiciales, archivos institucionales y elementos forenses.
En la primera fase del Subcaso Antioquia del Caso 08 fueron acreditadas 152 víctimas individuales y doce víctimas colectivas que agrupan a 519 personas.
La Sala adelantó 150 diligencias, distribuidas así:
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79 versiones voluntarias de integrantes de la Fuerza Pública: 52 del Ejército y 27 de la Policía.
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71 testimonios, nueve de antiguos integrantes de estructuras paramilitares.
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Dieciséis declaraciones de funcionarios públicos que pudieron conocer los hechos.
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46 testimonios de víctimas y habitantes de la Comuna 13.
También inspeccionó 200 expedientes relacionados con homicidios y desapariciones forzadas e incorporó decisiones de la justicia ordinaria y de Justicia y Paz.
La investigación identificó cinco sentencias relacionadas con los hechos examinados: una sentencia anticipada contra Diego Fernando Murillo Bejarano por hechos que afectaron a seis víctimas; otra contra Jorge Enrique Aguilar por hechos que afectaron a ocho víctimas; una decisión del 24 de septiembre de 2015 de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, que incluye una víctima de desaparición forzada; y dos sentencias anticipadas contra integrantes del BIOSP por hechos de tortura que afectaron a ocho víctimas.
En la justicia penal militar no se encontró ningún fallo relacionado con los hechos investigados.
La Sala también incorporó expedientes de la Procuraduría, entre ellos el relacionado con la destitución de Leonardo Gallego Castrillón y Álvaro Botero Mejía por lo ocurrido durante la Operación Mariscal.
Las inspecciones al Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares, la IV Brigada, la RIME 6 y diferentes dependencias policiales permitieron recuperar órdenes operacionales, documentos de inteligencia, registros de comunicaciones, minutas de detenidos, información sobre estructuras de mando y documentos relacionados con pagos de recompensas.
También fueron examinados archivos del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), Metroseguridad —hoy Empresa de Soluciones Urbanas (ESU)—, la Gobernación de Antioquia y la Alcaldía de Medellín.
Los registros de la Unidad Intermedia de San Javier aportaron información sobre atención a heridos y levantamiento de cadáveres, mientras que el archivo de Teleantioquia permitió recuperar imágenes de los acontecimientos y declaraciones públicas de las autoridades.
La JEP también solicitó peritajes forenses para analizar necropsias y esclarecer las circunstancias de muerte de víctimas cuyos cuerpos fueron exhumados en la Comuna 13, San Cristóbal, La Escombrera y otros sectores cercanos.
Los doce máximos responsables señalados por la JEP
Uno de los aspectos de mayor trascendencia de la decisión es la identificación de doce antiguos integrantes de la Fuerza Pública como máximos responsables de los crímenes investigados.
La Sala diferenció las responsabilidades de acuerdo con la participación de cada compareciente en el patrón macrocriminal.
Cinco fueron identificados como autores por omisión impropia, debido al incumplimiento de sus deberes de mando, control, verificación, investigación y protección.
En este grupo aparecen:
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Mario Montoya Uribe: brigadier general retirado y comandante de la IV Brigada.
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Bernardo Gutiérrez Camelo: coronel retirado y jefe de inteligencia B-2 de la IV Brigada.
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Jairo Bocanegra de la Torre: coronel retirado y comandante del Batallón de Ingenieros No. 4 Pedro Nel Ospina.
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José Leonardo Gallego Castrillón: brigadier general retirado y comandante de la Policía Metropolitana del Valle de Aburrá.
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Álvaro Botero Mejía: coronel retirado y subcomandante operativo de la MEVAL.
La Sala fundamentó esta modalidad de responsabilidad en la posición de garante que tenían los mandos y en su presunta responsabilidad por permitir, tolerar o no impedir la comisión de los crímenes, pese a sus obligaciones de mando y control.
Otros seis comparecientes fueron señalados como coautores por sus aportes esenciales a la planeación, ejecución o encubrimiento del plan criminal:
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Juan Armando René Cadena Montenegro: coronel retirado y comandante del GAULA Militar Antioquia.
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Carlos Mauricio Rojas Martínez: capitán retirado y jefe de inteligencia del GAULA Militar.
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Julián Ernesto Cadena Castillo: coronel retirado y vinculado al mando del Batallón Pedro Justo Berrío.
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Darío Enrique Cortés Castillo: coronel retirado y comandante de la RIME 6.
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Sergio Enrique Pérez García: mayor retirado y encargado de operaciones de la RIME 6.
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Dagoberto de Jesús Bermúdez Villa: sargento y vinculado a la actuación del CEAT.
El último compareciente señalado es:
12. Jhon Jairo López Valencia: mayor retirado y comandante del Cuerpo Élite Antiterrorista de la Policía.
La Sala le atribuyó responsabilidad como coautor por los homicidios cometidos durante la Operación Contrafuego y como autor por omisión impropia por los homicidios, lesiones, privaciones de la libertad y desapariciones forzadas ocurridas en las operaciones Mariscal y Orión.
La decisión también examina las responsabilidades de los mandos militares y policiales frente a la relación entre sus unidades y las estructuras paramilitares, así como su capacidad para prevenir, investigar y evitar las conductas criminales.
En particular, las imputaciones contra los generales retirados Mario Montoya Uribe y José Leonardo Gallego Castrillón representan uno de los puntos centrales del proceso, por las responsabilidades que la Sala les atribuye desde sus posiciones de mando en la IV Brigada y la Policía Metropolitana del Valle de Aburrá, respectivamente.
¿Qué sigue después de la imputación?
La decisión de la JEP abre una nueva etapa procesal para los doce comparecientes.
Una vez notificados, tendrán el plazo establecido en la providencia para pronunciarse por escrito sobre los hechos y las responsabilidades atribuidas.
Podrán reconocer los hechos y su responsabilidad o controvertir la imputación mediante argumentos y pruebas. Las víctimas acreditadas y el Ministerio Público también tendrán la oportunidad de presentar observaciones dentro del mismo término.
El procedimiento contempla dos posibles caminos:
Si los comparecientes reconocen responsabilidad y aportan verdad: la Sala de Reconocimiento podrá remitir una Resolución de Conclusiones al Tribunal para la Paz, instancia encargada de definir las sanciones propias, de carácter restaurativo, conforme a las condiciones establecidas en el sistema de justicia transicional.
Si los comparecientes no reconocen responsabilidad: sus casos podrán ser remitidos a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP para adelantar un proceso adversarial. Si se establece su responsabilidad, podrían recibir penas de hasta veinte años de prisión.
Por ahora, la imputación constituye una atribución judicial de responsabilidad que deberá avanzar por las etapas correspondientes. No equivale a una sentencia condenatoria.
Una investigación que busca esclarecer más de dos décadas de violencia
El avance del Subcaso Antioquia del Caso 08 representa un paso importante en el esclarecimiento de los hechos ocurridos en la Comuna 13 y sectores aledaños entre 2001 y 2004.
La decisión de la JEP no se limita a examinar las actuaciones de quienes participaron directamente en homicidios, desapariciones, torturas y desplazamientos. También reconstruye las relaciones entre unidades militares, organismos de inteligencia, dependencias policiales y estructuras paramilitares, así como los mecanismos que habrían permitido la consolidación de un patrón de violencia contra la población civil.
La investigación pone especial atención en lo sucedido antes, durante y después de las operaciones Mariscal y Orión, y en la forma en que el Bloque Cacique Nutibara consolidó el control territorial después de la intervención militar de octubre de 2002.
Al mismo tiempo, reconoce el papel de las víctimas, sus familias y las organizaciones sociales que durante años han sostenido las denuncias, la búsqueda de desaparecidos y las exigencias de justicia.
La Escombrera, los casos de desaparición forzada, la persecución contra lideresas comunitarias y las afectaciones a cientos de familias continúan siendo parte de una historia que Medellín aún busca esclarecer.
Con la imputación de doce antiguos integrantes del Ejército y la Policía, la JEP avanza en la determinación de las responsabilidades de quienes, desde diferentes posiciones, habrían contribuido a la comisión de graves crímenes en uno de los episodios más dolorosos de la historia reciente de la ciudad.


