A través de un documento de más de 900 páginas la defensa del expresidente Álvaro Uribe presentó ante el Tribunal Superior de Bogotá la apelación con la que busca desvirtuar la sentencia en su contra, por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

Lo que pretenden demostrar los abogados Jaime Granados y Jaime Lombana es que el expresidente no fue el arquitecto de una operación para engañar a la justicia, a través de terceros que tenían la misión de conseguir que ex paramilitares declararan a su favor y en contra del senador Iván Cepeda, a cambio de beneficios jurídicos o procesales.

Para lograrlo, argumentaron que la jueza de la causa, Sandra Liliana Heredia, promulgó un discurso político, con marcados sesgos y que la decisión no fue coherente con los argumentos que hizo antes de tomar la decisión, que incluyó —además— darle casa por cárcel.

«Se afirma que el despacho ha obrado sin la presión de factores externos. Pero en la lógica de las cosas, la negación enfática de una sospecha no basta para disiparla, y menos aún cuando, en el propio discurso, se introducen los elementos que la vuelven verosímil», dijo un aparte de la apelación.

El documento argumentó que la jueza, según la ley, se excedió al hacer un discurso introductorio en el que habló del poder que tiene la justicia, cuando solo debía centrarse en los hechos, y al cual le incluyó un tinte político.

«La jueza pretende proyectar una imagen de imparcialidad y neutralidad, pero simultáneamente emite mensajes como ‘la justicia no se arrodilla ante el poder’, ‘no es una revancha’ o ‘este juicio no es político’. Estas expresiones tienen una clara carga política y sesgada y parecen responder a las características específicas y particulares del caso del expresidente Álvaro Uribe Vélez, por lo que convierten el estrado judicial, que debería centrarse exclusivamente en el razonamiento técnico y jurídico, en una plataforma –y oportunidad- para dar manifestaciones de carácter ideológico y personal que no es de competencia para los funcionarios judiciales encargados de impartir y administrar justicia», resaltó la apelación.

Por otro lado, y como se esperaba, la defensa del expresidente volvió a insistir en la valoración de las interceptaciones telefónicas entre Uribe y su entonces abogado Diego Cadena. Grabaciones que han sido objeto de múltiples decisiones judiciales, entre ellos la condena en su contra pero que, según la defensa, deberían excluirse por violar el secreto profesional.

El abogado Granados sostuvo que esas interceptaciones fueron ilegales, porque en 2018 la Corte Suprema ordenó escuchar una línea telefónica que se creía pertenecía al congresista Nilton Córdoba Manyoma, dentro de la investigación por el escándalo del «Cartel de la Toga», pero que en realidad era del abogado Diego Cadena, lo que significó que, según la defensa, se escucharon conversaciones sin orden judicial válida.

En ese sentido sostuvo que se violó el principio constitucional del derecho al secreto profesional entre abogado y cliente.

«Constituye un claro e indebido desconocimiento de las normas tanto nacionales como internacionales que prohíben el ingreso al acervo probatorio de pruebas obtenidas mediante trasgresión de derechos y garantías fundamentales», reiteró.

Otro punto fundamental de la defensa fue el argumento de que el sesgo que tiene la juez en el caso la llevó a realizar «un ejercicio parcializado de la prueba testimonial con la intención de desmeritar todos los testigos que realizaban declaraciones a favor del doctor Álvaro Uribe Vélez y, en contraposición, defender a ultranza todos aquellos que usó para fundamentar su condena, siendo evidente el doble rasero o estándar de valoración de testigos según a quien favorecía la declaración».

Por eso, según los abogados de Uribe, fue que la jueza llegó a concluir, entre otras cosas, que el expresidente buscó la manipulación de al menos tres testigos: Juan Guillermo Monsalve; Carlos Enrique Vélez alias ‘Víctor’; y Euridice Cortés alias ‘Diana’, a través del abogado Cadena. Por eso fue sentenciado por el delito de soborno en actuación penal.

En el caso de Monsalve, testigo clave en el proceso, la estrategia no se limitó a una visita de Cadena con ofrecimientos jurídicos a la cárcel la Picota de Bogotá (uno de estos fue grabado con un reloj espía), sino que incluyó la intervención del representante a la Cámara Álvaro Hernán Prada y de Carlos Eduardo López ‘Caliche’, quienes también intentaron convencerlo de grabar un video en favor de Uribe. Actuaciones que, según el fallo, el exmandatario conocía e incluso ordenó.

Sobre los otros ex paramilitares, el fallo concluyó que también fueron blanco de una operación de manipulación, con ofertas encubiertas y pagos que, según el fallo, fueron coordinados desde el entorno de Uribe.

“No tiene asidero para la judicatura que Álvaro Uribe Vélez pretenda desestimar su responsabilidad penal aludiendo a la ignorancia de la situación que se gestaba a sus espaldas, cuando lo cierto, es que tenía a su alcance la información necesaria para conocer lo ocurrido y deliberadamente optó por no indagar”.

El fallo de condena también explicó que Uribe incurrió en el delito de fraude procesal por su intervención en la elaboración y envío, a través de su abogado Diego Cadena, de un conjunto de cartas firmadas por ex paramilitares recluidos en la cárcel de Cómbita (Boyacá), con el propósito de que la Corte Suprema de Justicia reabriera una investigación ya archivada contra el senador Iván Cepeda.

En ese contexto, lo que dijo el fallo es que esas cartas, en las que afirmaban que Cepeda los había contactado en 2012 para ofrecerles beneficios a cambio de declarar que Uribe tenía vínculos con grupos paramilitares, fueron redactadas con intervención externa, en algunos casos por el propio abogado Cadena, y remitidas a la Corte con el propósito de inducirla en error, en una maniobra que Uribe no solo conoció, sino que autorizó y promovió.

El caso de Uribe se remonta a 2012, cuando siendo senador denunció a Iván Cepeda, a quien acusó de ofrecer dinero a ex jefes paramilitares para que declararán en su contra, señalándolo como presunto fundador del Bloque Metro de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y de haber participado en crímenes como la masacre de El Aro.

Sin embargo, el 16 de febrero de 2018, la Corte Suprema determinó que no existían motivos suficientes para culpar a Cepeda y por el contrario abrió una investigación contra Uribe, al encontrar indicios de que habría intentado manipular testigos a su favor a través de otras personas, entre ellas el abogado Cadena, quien en los próximos días podría correr la misma suerte del expresidente.

Estos son los principales argumentos que deberá rebatir la defensa y estudiar el Tribunal Superior de Bogotá.

Foto y noticia: Colprensa