El Ministerio de Minas y Energía publicó para comentarios dos iniciativas que buscan fortalecer los procesos por medio de los cuales se garantiza el abastecimiento de combustibles líquidos en el país.

La primera medida es el Plan de Continuidad de Combustibles Líquidos Derivados de Petróleo y GLP, el cual adopta el mecanismo de abastecimiento de combustibles, en relación con la confiabilidad de la cadena de distribución. Publicado por la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME), el 20 de mayo.

Este plan de continuidad adopta los proyectos identificados como una necesidad del país para los combustibles líquidos, en función del análisis de la cadena de distribución de los mismos.

Se determinaron las vulnerabilidades y las necesidades del sistema de suministro y transporte; así se definieron los proyectos en términos de almacenamientos estratégicos y soluciones integrales para la internación de combustibles.

«Este plan de continuidad define las necesidades de almacenamientos estratégicos para ocho regiones del país que agrupan cada uno de los departamentos, y sus necesidades de almacenamiento para gasolina motor corriente, diésel, jet y GLP», dijo el Ministro de Minas, Diego Mesa.

«Estas obras deberán estar operando en un término de 36 meses después de su adjudicación», agregó.

Con este plan, que establece prospectivamente las necesidades para los próximos 15 años, acorde con el crecimiento de la demanda, el desarrollo económico y la seguridad energética del país, el Gobierno logrará ofrecer a todos los colombianos la confiabilidad en la cadena de distribución.

Por su parte, la segunda determinación es una resolución que establece medidas que permiten dar garantía a la continuidad en la prestación del servicio público de distribución de combustibles líquidos en todo el territorio nacional.

Las mismas atienden a la necesidad de respaldar la correcta operación de la cadena de distribución de combustibles ante las disrupciones identificadas en eventos como la ocurrencia de la pandemia y el paro nacional.

El objetivo principal de esta regulación, busca brindar a todos los colombianos la seguridad energética necesaria ante los procesos de reactivación económica y fluctuaciones en la demanda regional.

Adicionalmente, se planteó la obligación de los refinadores e importadores de contar con cinco días de su demanda en almacenamiento operativo disponible en producto en sus tanques para los combustibles tipo gasolina motor corriente, diésel y jet.