Durante los días 1 y 2 de octubre de 2025, por gentil invitación de la FAO y la Universidad Santiago de Cali, he participado como expositor y panelista en el evento académico denominado “Justiciabilidad y Defensa del Derecho a la Alimentación Adecuada”. Un diálogo entre las comunidades y la Academia.
La FAO -Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura- cumple ochenta años. Fue fundada el 16 de octubre de 1945 en Quebec (Canadá) como un organismo especializado de la ONU, cuyo objeto es precisamente el mencionado.

Tuvo su origen en la idea del entonces presidente de los Estados Unidos Franklin D. Roosevelt, quien, en 1943, programó una conferencia orientada a abordar los desafíos mundiales en materia de alimentación y agricultura, en una época tan compleja y difícil como la derivada de la Segunda Guerra Mundial.

Entre los propósitos de la FAO podemos enunciar, como lo dicen sus estatutos, los de elevar los niveles de nutrición y vida de los pueblos; mejorar el rendimiento de la producción y la eficacia de la distribución de todos los alimentos y productos alimenticios y agrícolas; mejorar las condiciones de la población rural; y contribuir así a la expansión de la economía mundial y a «liberar del hambre a la humanidad».

El derecho a la alimentación integral está en íntima y necesaria vinculación con los derechos a la vida, a la salud, a la dignidad humana, a la igualdad real y efectiva entre todas las personas. De modo que, si las constituciones, las leyes y los tratados internacionales quieren ofrecer una garantía efectiva respecto a esos derechos, es indispensable una visión global, más allá de las nacionalidades y los regímenes internos y una coordinación entre los países y organizaciones como la FAO. Tiene que darse una colaboración integral y permanente, con miras a esos objetivos, con activa participación de los gobiernos, las corporaciones judiciales, las entidades de control, y las entidades administrativas locales y regionales.

De nada sirve que la Constitución proclame -como lo hace la colombiana- que una de sus bases fundamentales es el respeto a la dignidad humana, a la vida e integridad y que la actividad estatal se desenvuelve dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, si esa garantía no es efectiva, real y permanente en cuanto a derechos tan esenciales como la alimentación y la agricultura.

Además, el artículo 93 de nuestra Constitución estipula que los tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia “prevalecen en el orden interno” y que los derechos y deberes “se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos”.

Tenemos una abundante jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana, de tribunales de otros países y de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos. Y el Acto Legislativo 1 de 2025 plasmó el derecho humano a la alimentación adecuada.

Por paradoja, este 1 de octubre, mientras en Colombia hablábamos sobre la necesidad de garantizar el derecho humano a la alimentación, Israel impedía que a Gaza llegara una flotilla pacífica con ayuda humanitaria, alimentos y agua. Allí están muriendo miles de niños por causa de una hambruna provocada, dentro de un propósito genocida.

Foto y noticia: Colprensa