La Asociación Campesina del Catatumbo – ASCAMCAT, el Pueblo Indígena Barí, la Asociación Nacional de Zonas de Reserva Campesina – ANZORC y la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC, resaltan la decisión tomada el pasado 28 de junio de 2021 por parte del Tribunal Superior del Distrito Judicial De Cúcuta – Sala Penal, respecto a las medidas sancionadoras en contra del Gobierno Nacional representado a través de la Agencia Nacional de Tierras, así como la enérgica orden emitida al Ministerio del Interior para que cumpla con sus deberes misionales.
La razón de ser de esta decisión tiene su origen en el fallo proferido por la Corte Constitucional en Sentencia T–052 de 2017, mediante la cual se da reconocimiento a derechos territoriales del Pueblo Barí y a las comunidades campesinas representadas en la ASCAMCAT, respecto de la delimitación, saneamiento y ampliación de los Resguardos Indígenas Motilón Barí y Catalaura – La Gabarra; así mismo, de la constitución de la Zona de Reserva Campesina del Catatumbo – ZRCC. A pesar que la Corte estableció un término específico de cumplimiento de las mencionadas órdenes en el lapso de 1 año, los destinatarios estatales de éstas han actuado de manera recurrente, omisiva e injustificada para su integral cumplimiento durante 4 años y 5 meses.Con fundamento en lo anterior, las comunidades afectadas dieron lugar al inicio del trámite incidental de DESACATO, que fue decidido inicialmente el pasado 13 de diciembre de 2019, donde se declaró INCUMPLIDA la Sentencia y se impuso sanción de multa y arresto en contra de funcionarios de la Agencia Nacional de Tierras y del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, decisión que fue confirmada el 18 de febrero de 2020 por parte de la Corte Suprema de Justicia – Sala Casación Penal.

De esta manera alertamos a la sociedad y al Estado colombiano sobre la falta de voluntad política del Gobierno Nacional frente al acceso y goce de los derechos del Pueblo Barí y de las comunidades campesinas de la región del Catatumbo en Norte de Santander; sin embargo, a pesar del incumplimiento de las medidas judiciales, seguiremos exigiendo el acceso a la administración de justicia con plenas garantías del ejercicio de nuestros derechos constitucionales incluyendo los de la Sentencia T – 052 de 2017.