El expresidente Álvaro Uribe Vélez continuará en prisión domiciliaria, como lo ordenó el fallo condenatorio de primera instancia del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, luego de que el Tribunal Superior de Bogotá negara la solicitud de medida provisional interpuesta por su defensa dentro de una acción de tutela que busca su libertad.

“No decretar la medida provisional solicitada por el apoderado del ciudadano Álvaro Uribe Vélez”, ordenó el magistrado Leonel Rogeles Moreno, de la Sala Penal del Tribunal, quien también dispuso comunicar la decisión a las partes y advirtió que no procede ningún recurso.

El togado argumentó que “no existen motivos para que en este momento del proceso se suspenda la orden dictada por la autoridad judicial accionada”, al considerar que la decisión del juzgado cuenta con respaldo en el artículo 450 del Código de Procedimiento Penal y que no se advierte, por ahora, una irregularidad que justifique la afectación inmediata de los derechos alegados.

Según el auto, las decisiones judiciales gozan de presunción de acierto y legalidad, lo que garantiza la seguridad jurídica mientras una instancia superior no disponga lo contrario. El Tribunal también aclaró que esta decisión no constituye un pronunciamiento anticipado sobre el fondo de la tutela.

“El debate jurídico planteado es argumentativo y se basa en la interpretación de normas constitucionales y penales. Será una vez se garantice el ejercicio de contradicción que podrá determinarse si la decisión fue arbitraria, como lo afirma el accionante”, señala el fallo.

El recurso de amparo seguirá su curso mientras se reúnen las pruebas necesarias y se emite una decisión de fondo, que podría confirmar o modificar la orden de detención domiciliaria.

En la mañana de este lunes, el abogado Jaime Granados presentó la acción de tutela ante el Tribunal Superior de Bogotá, argumentando que el fallo del pasado 1 de agosto vulneró derechos fundamentales del exmandatario, como la dignidad humana, el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad personal.

Como medida cautelar, solicitó suspender de forma inmediata la boleta de encarcelación y el traslado de Uribe a su domicilio, mientras se resolvía de fondo la acción constitucional. “La jueza Sandra Heredia transgredió derechos fundamentales como la dignidad humana, el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez”, afirmó el documento de la defensa.

El proceso judicial contra Uribe se remonta a 2012, tras una denuncia interpuesta por él mismo contra el senador Iván Cepeda por supuesta manipulación de testigos. Sin embargo, en 2018, la Corte Suprema abrió investigación contra el expresidente por presunta presión a exparamilitares para que modificaran sus declaraciones.

Tras su renuncia al Senado en 2020, la Fiscalía General solicitó la preclusión del caso en dos ocasiones, pero ambas fueron negadas. En 2024, la Fiscalía presentó acusación formal y el proceso avanzó hasta la condena de 12 años de prisión, dictada el pasado 1 de agosto por la jueza Sandra Heredia.

Uribe ha negado las acusaciones y ha cuestionado la legitimidad del juicio desde sus inicios.

Foto y noticia: Colprensa