El Consejo de Estado suspendió provisionalmente un apartado del Decreto 2520 de 1993 que exigía la presencia obligatoria del ministro de Hacienda para que la Junta Directiva del Banco de la República pudiera sesionar, deliberar y tomar decisiones.
La decisión judicial representa un cambio relevante en el funcionamiento del banco central y refuerza la autonomía funcional y técnica de la entidad frente al Gobierno nacional.
La medida fue adoptada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo dentro de una demanda presentada por Daniel Felipe Useche Daza contra el artículo 35 del Decreto 2520 de 1993.
Qué decidió el Consejo de Estado
El tribunal suspendió específicamente el aparte de la norma que establecía que, para conformar quórum, uno de los cinco miembros presentes debía ser obligatoriamente el ministro de Hacienda.
Aunque el fallo mantiene que el ministro de Hacienda continúa siendo quien preside la Junta Directiva del Banco de la República, concluyó que su ausencia no puede paralizar el funcionamiento del organismo.
Según el Consejo de Estado, permitir que la actividad del Banco dependa obligatoriamente de la asistencia del ministro vulneraría la autonomía funcional y de gestión de la entidad.
En el auto judicial, el Consejo de Estado recordó que la Constitución y la Ley 31 de 1992 le otorgan al Banco de la República autonomía administrativa, patrimonial, técnica y funcional.
Además, enfatizó que las funciones del banco central no pueden interrumpirse debido a su impacto directo sobre la estabilidad económica y los derechos fundamentales de los ciudadanos.
El fallo también cita jurisprudencia de la Corte Constitucional que establece que el Banco debe actuar con independencia frente a instrucciones políticas del Gobierno, aunque coordinado con la política económica general del país.
Qué implica la decisión
Con esta medida cautelar, la Junta Directiva del Banco de la República podrá sesionar y tomar decisiones aun cuando el ministro de Hacienda no asista, siempre que exista el quórum mínimo requerido de cinco miembros.
El Consejo de Estado consideró que impedir el funcionamiento del Banco por la ausencia del ministro podría afectar la estabilidad monetaria, cambiaria y crediticia del país.
La decisión se conoce en medio de un contexto de creciente atención sobre la independencia institucional del Banco de la República y el manejo de la política económica nacional.


