Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra un hombre de 54 años. Este sujeto es señalado de, presuntamente, incurrir en actos de violencia intrafamiliar, al haber abusado sexualmente de su compañera sentimental y agredir a sus hijos de 4 y 7 años.

Maltratos durante ocho años

Los hechos investigados en este caso, según la Fiscalía, ocurrieron entre los años 2015 y 2023 en el municipio de Bello (Antioquia), en el lugar donde las cuatro personas convivieron.

Un fiscal adscrito al Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (CAIVAS) evidenció que la mujer habría sido víctima constante de violencia basada en género, hechos que se prolongaron, inclusive, después de terminar la convivencia con el ahora procesado.

Lea también: Más de 9 años de prisión pagaran dos policías en Antioquia por el delito de concusión

La información con la que la Fiscalía investigó los hechos, habría puesto en evidencia que el hombre sometió a maltrato físico, psicológico y sexual. En 2015, mientras la mujer visitaba al procesado en la cárcel Nacional Bellavista, este la habría golpeado en varias partes del cuerpo. Según la directora de la Fiscalía en la seccional de Medellín, esto se habría presentado cuando la mujer le insinuó que el hijo que esperaba no era del hombre investigado.

De la misma manera, habría abusado sexualmente de la mujer en, al menos, 10 oportunidades y no satisfecho con ello, amenazó con atentar contra su vida si lo abandonaba. Adicionalmente, habría sometido a agresiones verbales y físicas a sus hijos cuando intervenían en favor de su mamá.

Con todas estas pruebas, la Fiscalía imputó al procesado los delitos de acceso carnal violento agravado y violencia intrafamiliar agravada, ambas conductas en concurso homogéneo y sucesivo, cargos que no fueron aceptados por el hombre.

Las penas a las que se expone el presunto agresor

Cabe recordar que, en Colombia, la ley castiga con prisión de 12 a 20 años, a aquellos que incurran en el delito de acceso carnal violento.

Por otra parte, sanciona con una pena de cuatro a ocho años, a quienes maltraten física o psicológicamente a cualquier miembro de su núcleo familiar. Adicionalmente, esta se aumenta de la mitad a las tres cuartas partes si esta conducta recae sobre un menor, adolescente, una mujer o una persona mayor de 60 años.