El recargo dominical del 90% empezó a regir en Colombia desde el 1 de julio de 2026, lo que eleva el pago del trabajo en domingos y festivos y obliga a recalcular turnos con recargos. Dos semanas después, desde el 15 de julio de 2026, entra el tope de 42 horas semanales para la jornada ordinaria, con efectos en horas extra y liquidación.
Dos fechas en el mismo mes y un mismo reto: recalcular recargos, turnos y extras
Aunque ambos cambios llegan en julio, no arrancan el mismo día. Para áreas de talento humano y nómina, la diferencia de fechas importa porque el mayor recargo dominical aplica desde el inicio del mes, mientras que el nuevo límite semanal para definir horas extra opera desde la segunda mitad.
En operaciones con rotación permanente —como comercio, servicios, logística, vigilancia, BPO, salud, bares y restaurantes, hotelería y centros de contacto— el ajuste no se limita a “mover horarios”. También exige revisar la programación de turnos y la forma en que se registran las horas para evitar liquidaciones incompletas.
Recargo dominical del 90%: la ruta fijada por la Ley 2466 de 2025
El incremento hace parte de la aplicación gradual de la Ley 2466 de 2025, descrita como reforma laboral. En esta etapa, el trabajo en días de descanso obligatorio se paga con un recargo del 90% sobre el valor de la hora ordinaria.
El cronograma ya venía con escalones previos. Entre julio de 2025 y junio de 2026 el recargo fue del 80%, tras haber estado en 75% hasta junio de 2025. Según esa misma ruta, el 90% se mantendrá hasta junio de 2027 y subirá a 100% desde julio de 2027.
A esta estructura se suma una regla que ya estaba vigente desde el 25 de diciembre de 2025: la jornada nocturna de 7:00 p.m. a 6:00 a.m. tiene recargo nocturno del 35%. Daniel Contreras, socio de Godoy, advirtió que el costo puede crecer cuando un turno dominical coincide con horario nocturno por la acumulación de recargos.
Jornada de 42 horas: qué cambia desde el 15 de julio y cómo se reflejará en la liquidación
El 15 de julio de 2026 marca el último tramo de la reducción gradual prevista en la Ley 2101 de 2021. Desde esa fecha, el máximo legal ordinario baja de 44 a 42 horas semanales, con impacto directo en la organización del tiempo y en cuándo se configuran las horas extra.
Laura Pérez, abogada especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, explicó que la reducción no implica bajar salario, prestaciones ni el valor de la hora ordinaria. El efecto se concentra en la distribución para cumplir el nuevo límite semanal.
En esquemas del artículo 165 del Código Sustantivo del Trabajo (periodos de tres semanas), Pérez indicó que el máximo también se reduce: pasa de 138 a 132 horas y, desde el 15 de julio de 2026, a 126 horas. Además, con 42 horas semanales la jornada mensual quedará en 182 horas y las horas incluidas en el sueldo pasarán a 214, de acuerdo con el detalle del cronograma.
Carolina Castro de la Torre, directora del área de Derecho Laboral de Posse Herrera, recomendó revisar la parametrización interna. Las horas que excedan las 42 semanales solo se considerarán extra a partir del 15 de julio. En 2026, estos cálculos conviven con un salario mínimo de $1.750.905 y un auxilio de transporte de $249.095 para quienes devengan hasta dos salarios mínimos. En ese escenario, errores en el registro de extras o recargos pueden derivar en sanciones del Ministerio del Trabajo y en reclamaciones judiciales por pagos incompletos.














