La detención preventiva de Papá Pitufo seguirá en pie: un juez negó la petición de la defensa de Diego Marín Buitrago para levantar la medida de aseguramiento. Con esa decisión, la orden queda habilitada para aplicarse en Colombia si el procesado llega a estar a disposición de las autoridades dentro del trámite de extradición desde Portugal.

Qué cambia (y qué no) tras el rechazo a la solicitud de la defensa

El pronunciamiento no resuelve la responsabilidad penal de Marín Buitrago ni define el fondo del caso. Su efecto es procesal: mantiene la restricción de libertad ya decretada mientras avanza la actuación por presuntos delitos vinculados con contrabando.

En términos prácticos, la medida queda “lista” para ejecutarse cuando corresponda. Eso significa que, si el procesado ingresa al país bajo custodia o queda formalmente a disposición de las autoridades colombianas por el trámite internacional, la privación de la libertad podría aplicarse de forma directa mientras el proceso continúa.

En el expediente se menciona que Marín Buitrago fue liberado en Portugal, en un contexto en el que la extradición seguiría en curso. Por ahora, la decisión judicial se limita a mantener vigente la detención preventiva y a negar la variación que pidió la defensa.

La detención preventiva de Papá Pitufo, sustentada en el artículo 307

Para sustentar la negativa, el juez se apoyó en el artículo 307 del Código de Procedimiento Penal. En la audiencia citó, en particular, el literal B y los numerales cuatro y siete como marco para mantener la detención en esta etapa del proceso.

La defensa también alegó que la Fiscalía no habría solicitado una prórroga. El despacho estudió ese argumento, pero concluyó que no tenía el alcance suficiente para revertir la medida. Además, analizó la notificación y señaló que la medida no se ha “surtido de manera personal e inequívoca” frente al procesado, un elemento que hizo parte del examen.

El juez revisó igualmente la jurisprudencia aportada por la defensa, incluida una referencia a un expediente del 18 de octubre de 2017, con ponencia de la magistrada Patricia Salazar Cuéllar. Según la determinación, ese precedente no fue desarrollado con la profundidad requerida para justificar el cambio solicitado.

Proceso paralelo en Bolívar: policías investigados y nuevas pruebas admitidas

En otro frente, en Bolívar avanza un proceso que la Fiscalía relaciona con una red atribuida a Marín Buitrago. En ese expediente se indaga a cuatro integrantes de la Policía Nacional: Alexander Galeano Ardila, Ricardo Orozco Baeza (El Bendecido), Mario Andrés Sarmiento Rojas y José Helí Álzate Moncayo.

El caso los vincula con concierto para delinquir agravado y cohecho por dar u ofrecer. Allí, el 27 de mayo de 2026 el Juzgado Quinto especializado avaló una solicitud de la Fiscalía para incorporar nuevas pruebas.

Entre lo admitido figuran la declaración de un agente encubierto y evidencias digitales y documentales orientadas a revisar audios, videos y conversaciones. En ese mismo expediente se reconoció a la DIAN como víctima y se incorporó un acta de incautación por $300 millones, dentro del avance probatorio reportado en la actuación.