El Instituto Anticorrupción y la Fundación Paz y Reconciliación (Pares) interpusieron una queja disciplinaria ante la Corte Suprema de Justicia, en contra de la procuradora Margarita Cabello Blanco, para que la investiguen por su responsabilidad frente a la sanción que le interpuso al alcalde de Medellín, Daniel Quintero.

Según Camilo Enciso, director del Instituto, la Procuradora actuó de manera irregular, evidenciando que hubo abuso de poder y violación de los derechos fundamentales de los alcaldes de Ibagué y Medellín.

Cabe resaltar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CDIH) ha desautorizado en innumerables oportunidades a entidades públicas, en este caso la Procuraduría.

Dentro de la queja disciplinaria, se evidencia que el Ministerio Público no tendría competencia para restringir los derechos políticos de los alcaldes, pues la decisión  la posee únicamente un juez competente.

Asimismo, la CIDH reiteró que «el artículo 23.2 de la Convención Americana es claro en el sentido de que dicho instrumento no permite que órgano administrativo alguno pueda aplicar una sanción que implique una restricción (por ejemplo, imponer una pena de inhabilitación o destitución)».

«A una persona por su inconducta social (en el ejercicio de la función pública o fuera de ella) para el ejercicio de los derechos políticos a elegir y ser elegido: sólo puede serlo por acto jurisdiccional (sentencia) del juez competente en el correspondiente proceso penal», agregó.

Adicionalmente, según el oficio contra la Procuradora, se visibiliza que la funcionaría violó las órdenes impartidas al Estado Colombiano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Según los denunciantes, el caso de Petro también es un ejemplo de las equívocas decisiones que ha tomado este ente de control.

En el pasado, el hoy candidato presidencial logró esquivar los ataques mediáticos de la Procuraduría. Según la CIDH el proceder de la procuraduría, no fue pertinente actuando de manera abrupta ya que no posee la competencia para separar a los servidores públicos de elección popular de sus cargos.

Es válido aclarar que el espacio y las normas, según Enciso, deben ser respetadas, bajo una jerarquía de poderes, en este la caso la Constitución Política y los convenios internacionales, por encima de la procuraduría según el ordenamiento jurídico colombiano.

Finalmente, en el caso Quintero, los abogados del alcalde asistirán este lunes ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington, donde interpondrán una solitud de medidas cautelares y la reparación política a favor del Burgomaestre de los Medellinenses.